Acuerdo de patrocinio: contraprestación, exposición, impuestos y cláusulas contractuales importantes
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Respuesta corta: Un acuerdo de patrocinio debe describir exactamente qué paga el patrocinador y qué contraprestaciones debe entregar el receptor. La Agencia Tributaria (Skatteverket) evalúa el derecho a deducción en función del contenido real y el valor de mercado de las contraprestaciones, no solo basándose en que el pago se denomine patrocinio.
¿Qué es el patrocinio?
El patrocinio puede consistir en dinero, productos o servicios a cambio de, por ejemplo, exposición, espacios publicitarios, derecho a utilizar nombres o logotipos, entradas, participación en eventos u otras contraprestaciones comerciales.
Describa las contraprestaciones de forma concreta
Evite formulaciones que solo mencionen "exposición" o "marketing". Especifique en su lugar, por ejemplo, el número de publicaciones, la colocación de letreros, el alcance digital, el formato del logotipo, eventos, entradas, el derecho a utilizar imágenes y la duración de la exposición.
Derecho a deducción fiscal
La Agencia Tributaria señala que no existe una norma de deducción general específica para el patrocinio. Las deducciones se evalúan según las normas habituales y se conceden, en primer lugar, por el valor de las contraprestaciones directas o, en determinados casos, por otros gastos con suficiente vinculación a la actividad. Por ello, a menudo es necesario desglosar y valorar un paquete de patrocinio.
¿Donación o patrocinio?
Si el pago carece de una contraprestación relevante, puede considerarse total o parcialmente como una donación, lo que puede afectar al derecho a deducción. Un contrato escrito detallado ayuda a la empresa a demostrar a qué se refiere realmente la compensación.
¿Qué debe contener el acuerdo de patrocinio?
- partes y finalidad
- compensación al patrocinador y plan de pagos
- contraprestaciones concretas y valores de mercado
- logotipo, marca y derechos de propiedad intelectual
- exclusividad y patrocinadores de la competencia
- redes sociales y derechos de contenido
- duración del contrato, fechas de eventos e informes
- cancelación de eventos y fuerza mayor
- rescisión e incumplimiento de contrato
Marca y contenido
Si el patrocinador obtiene el derecho a utilizar el nombre y las imágenes de la asociación, el deportista o el evento, se deben regular el alcance, los canales y el periodo de tiempo. Lo mismo se aplica cuando el receptor debe utilizar la marca del patrocinador.
Errores comunes
- las contraprestaciones están descritas de forma demasiado general
- no se documenta el valor de las diferentes partes del paquete de patrocinio
- falta el derecho a utilizar imágenes y logotipos
- no existe un plan en caso de cancelación del evento
- se indica exclusividad sin definir la categoría de competencia
Vea la plantilla de acuerdo de patrocinio de Mallbutiken.
Preguntas frecuentes
¿Es todo patrocinio deducible?
No. La evaluación fiscal depende, entre otras cosas, de la contraprestación, el valor de mercado y la vinculación con la actividad.
¿Debe ser escrito el acuerdo de patrocinio?
Se recomienda encarecidamente un contrato escrito, entre otras cosas, para poder demostrar qué contraprestaciones se han acordado.
¿Se debe cobrar el IVA?
La cuestión del IVA depende de qué bienes o servicios se suministren realmente y del estatus de IVA de las partes. Evalúe cada acuerdo en función de la contraprestación real.
El artículo constituye información general y no sustituye el asesoramiento jurídico, fiscal o contable.