Poder para una sucesión hereditaria: ¿cuándo se necesita y quién debe firmarlo?
Compartir
Respuesta corta: Una herencia yacente es representada normalmente de forma conjunta por los herederos. Si una persona debe gestionar contactos bancarios, trámites ante las autoridades, ventas u otros asuntos prácticos en nombre de la herencia, los demás herederos pueden otorgar un poder.
¿Quién representa a una herencia yacente?
Tras un fallecimiento, los activos y deudas de la persona fallecida pasan a constituir una herencia yacente. Como regla general, los herederos administran la herencia de forma conjunta hasta que se haya realizado la partición.
¿Cuándo es práctico un poder?
- bancos y seguros
- pago de facturas corrientes
- contactos con autoridades
- suscripciones y contratos
- asuntos prácticos de venta
¿Poder limitado o amplio?
El poder debe adaptarse a la tarea. Si el apoderado solo va a gestionar asuntos bancarios, a menudo es mejor describir específicamente ese ámbito que otorgar facultades ilimitadas. En caso de venta de inmuebles, se aplican requisitos formales especiales.
¿Qué debe contener el poder?
- nombre y número de identificación personal del fallecido
- identificación de la herencia yacente
- otorgante del poder y apoderado
- facultades exactas
- limitaciones y periodo de validez
- firmas
El poder no sustituye al inventario de bienes
Los bancos y las autoridades aún pueden exigir el inventario de bienes registrado, el certificado de defunción u otros documentos. El poder indica a quién han otorgado los herederos el derecho a actuar.
Errores comunes
- no todos los herederos relevantes otorgan el poder
- las facultades no están claras
- el poder carece de vinculación con la herencia yacente actual
- no se verifican los requisitos propios del banco
Ver la plantilla de Mallbutiken para un poder de herencia yacente.
Preguntas frecuentes
¿Puede un heredero firmar por sí solo?
Como regla general, los herederos administran la herencia de forma conjunta, por lo que un heredero que actúe solo a menudo necesitará un poder de los demás.
¿Se puede revocar el poder?
Sí. La revocación debe tramitarse tanto frente al apoderado como frente a las contrapartes relevantes.
Este artículo contiene información general y no sustituye el asesoramiento jurídico.